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  • 11/05/2020 - 11:51  

    Qué, cómo, cuándo y dónde para la fase 1 en Canarias

    José María Ayaso

    Para conseguir una más fácil compresión de las medias a tener en cuenta para la fase 1 que da comienzo este lunes y se prolongará durante los próximos catorce días, en Locos por la Gastronomía hemos querido resumir en un esquema claro, la interpretación que el Gobierno de Canarias ha trasladado de lo publicado en el Boletín Oficial del Estado al respecto de la transición hacia la normalidad social y económica de nuestro archipiélago. 

    Restaurantes y cafeterías

    ·       Apertura de terrazas con el 50% del aforo.

    ·       Reuniones hasta un máximo de diez personas.

    ·       Limpieza y desinfección entre un cliente y el siguiente.

    ·       Los pagos se realizarán, preferentemente, con tarjeta o similar.

    ·       Los servicios de mesa no se montarán hasta el momento de atender al cliente.

    ·       Las cartas deberán ofrecerse en dispositivos electrónicos, pizarras o carteles

    ·       El acceso a los aseos habrá de hacerse por turnos de una persona.

     

    Servicios y pequeño comercio

    ·       Aforo al 30%, respetar la distancia de seguridad, o atender a un solo cliente.

    ·       Desinfectar y limpiar dos veces al día, con la obligación de que una de ellas sea al final de la jornada.

    ·       La ropa de trabajo deberá lavarse y desinfectarse diariamente.

    ·       Los mercados al aire libre y mercadillos podrán abrir a un tercio de su aforo y el 25% de puestos.

    ·       Los probadores en el comercio textil serán para una persona, y deberán limpiarse y desinfectarse después de cada uso.

    ·       No hay que solicitar cita previa, pero sí respetar un horario preferente para personas mayores de 65 años.

    ·       No se incluyen centros comerciales a no ser que los negocios tengan acceso exterior individual.

    ·       Pueden abrir con cita previa los concesionarios de automoción, las estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV) y los centros de jardinería y viveros de plantas sea cual fuere su superficie útil.

     

    ·       Ocio y vida social

    ·       Respetando las normas generales de seguridad del estado de alarma, podrán tenerse reuniones sociales con la limitación máxima de diez personas, y no habrá límite de número para las personas que conviven juntas.

    ·       Uso de vehículos privado con conductor y un ocupante en la parte trasera. Si son convivientes pueden ocupar todas las plazas.

    ·       Velatorios con límite máximo de quince personas en espacios al aire libre y de diez personas en espacios cerrados.

    ·       Se podrá acudir a los lugares de culto cuidando no superar un tercio de su aforo.

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